Crimen, castigo y reinserción

Desde 1990, la delincuencia ha estado entre los cuatro problemas que más preocupan a la ciudadanía, según señalan diversas encuestas de opinión. Aunque la victimización a hogares ha ido disminuyendo desde que se aplicó la primera ENUSC, en 2003, la preocupación ciudadana por el tema no ha decrecido. La respuesta invariable de los distintos gobiernos ha apuntado a una mayor dotación policial como acción primera y prioritaria. Pero, una visión integral de una política de seguridad ciudadana necesita afirmarse en los cuatro pilares que le dan sustento y en la interacción entre estos, dada la multidimensionalidad del fenómeno delictual.

Indudablemente, el primero de ellos es el de la prevención social, cuya finalidad es evitar que población en riesgo socio-delictual opte por el crimen como forma de vida. Acciones orientadas a ampliar oportunidades educacionales, de formación, laborales, reforzamiento del rol de la familia, precaver el abandono escolar, fortalecer la asociatividad con valores socialmente aceptados, controlar incivilidades en barrios y la ocupación de espacios e inmuebles para actividades disfuncionales, junto a programas focalizados, particularmente en infantes y adolescentes vulnerados en sus derechos o en conflicto con la ley, como 24 horas, Vida Nueva, con la aplicación de la Terapia Multisistémica, son tipos de intervenciones de política pública que apuntan al objetivo señalado y que necesitan ser reforzadas.

Aunque ese pilar es fundamental, por si solo no basta. Se requiere la presencia de un segundo pilar activo: el sistema legal. En su célebre artículo de 1968, sobre “Crimen y Castigo”, Gary Becker concluía en la necesidad de establecer sanciones duras, junto a una mayor efectividad del aparato de control. La dureza de las sanciones tiene dos efectos: el de disuasión y el de incapacitación. El primero persuade a potenciales delincuentes a no incurrir en el delito. El segundo hace que potenciales víctimas no lo sean porque el victimario estará incapacitado de cometer un delito durante el tiempo de su condena. Evidencia disponible apoya estos enunciados. Estudios de Gendarmería de Chile muestran que quienes tienen mayores niveles de reincidencia son personas jóvenes, con bajas penas, lo contrario de lo que ocurre con personas mayores que han cumplido largas penas.

El tercer pilar hace referencia a la efectividad conjunta de jueces y policías. Ello implica mayores y mejores capacidades investigativas, anticipación (prevención situacional del delito) y uso legítimo de la fuerza, dentro de los márgenes de la ley, por parte de las policías. Pero también implica la urgente necesidad de incrementar muy sustantivamente la eficacia y efectividad del Ministerio Público, a quién las encuestas le dan un alarmantemente bajo nivel de confianza ciudadana. Una similar opinión y confianza ciudadana se expresa acerca del trabajo de los jueces, donde cuestiones como el activismo judicial, sesgos manifiestos y falta de rigurosidad en la aplicación de la ley, excesiva tramitación y lentitud en la revisión de las causas, opacidad, entre otras, son críticas reiteradas hacia el poder judicial. Siendo muy importante, este es el pilar más débil de la política pública orientada a enfrentar el fenómeno delictual, particularmente por la inefectividad del Ministerio Público y jueces. Ello hace que las intervenciones en este ámbito se constituyan como una primerísima prioridad para cualquier gobierno y Congreso. 

El cuarto pilar es el de la reinserción. Tiene como finalidad evitar la reincidencia delictual. Todas las acciones que se desarrollan en este ámbito, como talleres de capacitación y habilitación laboral, trabajo intrapenitenciario, nivelación de estudios, promoción de valores sociales a través de cultos religiosos y similares, proximidad y fortalecimiento familiar son también acciones de prevención de la reincidencia y, por tanto, de prevención del delito. Datos de Gendarmería de Chile muestran que las personas que han participado en estas actividades tienen una probabilidad sustancialmente menor de reincidir en el delito respecto de aquellos que no lo han hecho. Ello muestra que este tipo de intervenciones son efectivas, a la vez de señalar la necesidad de ampliar y profundizar este tipo de programas.

Aunque estos pilares son, en sí mismos, de primera relevancia en los esfuerzos por contener y reducir los niveles de criminalidad en el país, una cuestión que no puede dejarse de lado es la prioritaria necesidad de hacerlos interactuar en armonía y coherencia. Ello interpela a las autoridades ejecutivas y legislativas a actuar con sentido de urgencia, razonabilidad e integralidad en la formulación de políticas públicas sobre criminalidad para reforzar estos pilares – particularmente el más débil – y para que ellos muestren una adecuada consonancia. Ello también interpela al poder judicial a escuchar la plegaria ciudadana por una efectiva administración de justicia.

 

Publicada el 30 de junio de 2021, en diario La Tercera.